Decreto:
Artículo único. Modifíquese el decreto supremo N° 30 de 2025, del Ministerio de Salud,
que determina el aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras
de salud municipal por período que señala, en la forma que a continuación se indica:
1) Sustitúyase, en el artículo 1, la expresión “$2.479.692.616.320 (dos billones
cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos noventa y dos millones seiscientos dieciséis mil
trescientos veinte pesos)”, por “$2.535.778.678.828 (dos billones quinientos treinta y cinco mil
setecientos setenta y ocho millones seiscientos setenta y ocho mil ochocientos veintiocho
pesos)”.
2) Modifícase el artículo 2 en la forma que a continuación se indica:
a) Reemplázase, en el literal a) del inciso cuarto, la expresión “$11.932 (once mil
novecientos treinta y dos pesos)”, por lo siguiente: “$12.121 (doce mil ciento veintiún pesos)
para el período enero a mayo de 2026. Para el período de junio a diciembre de 2026, el aporte
corresponderá a la suma de $12.257 (doce mil doscientos cincuenta y siete pesos)”.
b) Sustitúyase, en el ordinal ii de la letra b) del inciso cuarto, la expresión “$902
(novecientos dos pesos) mensuales por cada beneficiario de 65 años y más”, por lo siguiente:
“$916 (novecientos dieciséis pesos) mensuales por cada beneficiario de 65 años y más, para el
período enero a mayo de 2026. Para el período de junio a diciembre de 2026, el incremento
corresponderá a la suma de $926 (novecientos veintiséis pesos)”.
Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial.- CLAUDIO ALVARADO
ANDRADE, Vicepresidente de la República.- May Chomalí Garib, Ministra de Salud.- Máximo
Pavez Cantillano, Ministro del Interior (S).- Jorge Quiroz Castro, Ministro de Hacienda.
Transcribo para su conocimiento decreto afecto N° 29, del 22 de septiembre de 2026.- Por
orden de la Subsecretaría de Redes Asistenciales.- Saluda atentamente a Ud., Yanara Bravo
Montenegro, Jefa División Jurídica, Ministerio de Salud.


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